Gentita Peruana

martes, 15 de enero de 2008

Palacio de Justicia

Noticias Y Actualidad.

Por su parte, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) emitió 2,015 resoluciones que significan 59.16% más que el 2006
Las siete Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia resolvieron en conjunto un total de 22,263 asuntos jurisdiccionales durante el Año Judicial 2007, informó el Presidente del Poder Judicial, doctor Francisco Távara Córdova.

La máxima autoridad judicial precisó que esta cifra representa un incremento de 2,577 resoluciones más que las resueltas el Año Judicial 2006. En términos porcentuales significa un aumento del 13.1%.

Detalló que la Sala Civil Permanente resolvió 3,073 causas; la Sala Civil Transitoria 3309 resoluciones; la Sala Penal Permanente 2,736; la Primera Sala Penal Transitoria 3,159 expedientes; la Segunda Sala Penal Transitoria 1,222; la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente 4181 causas; y la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria 4,583, haciendo un total de 22,263.

Reflexionó que la Corte Suprema no puede ni debe seguir conociendo tal cantidad de procesos por lo que es necesario modificar normas procesales, en especial, respecto al Recurso de Casación Civil.

El doctor Francisco Távara confió que en el presente año la calidad de las resoluciones judiciales seguirá mejorando en beneficio de los usuarios del servicio de justicia.

Igualmente, dijo que la Presidencia del Poder Judicial a su cargo, en el 2007 emitió 297 resoluciones administrativas respecto a asuntos de su competencia.

También reveló que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), máximo órgano de gobierno que él preside, expidió en el ejercicio de sus funciones 2,015 resoluciones administrativas en 88 sesiones, que significan un incremento del 59.16% respecto a lo resuelto el Año Judicial 2006.

Entre estas últimas, destacó por su importancia, 46 medidas disciplinarias de destitución a servidores judiciales y jueces de paz, 58 medidas cautelares de abstención a magistrados y personal auxiliar, 30 informes de proyectos de ley solicitados por el Congreso de la República, ocho directivas y reglamentos.

También resaltó, la expedición de resoluciones de prórroga y conversión de órganos jurisdiccionales a nivel nacional para brindar un adecuado y mejor servicio de impartición de justicia.

Lima, 09 de enero de 2008

DIRECCIÓN DE IMAGEN Y PRENSA DEL PODER JUDICIAL

Convocatorias por Sede Judicial año 2007-2008

Gerencia General

Amazonas


Ancash


Apurimac


Arequipa


Ayacucho


Cajamarca


Callao


Cañete


Cusco


Huancavelica


Huanuco


Huaura


Ica


Junin


La libertad


Lambayeque


Lima


Lima norte


Loreto


Madre de dios


Moquegua


Pasco


Piura


Puno


San martin


Santa


Tacna


Tumbes


Ucayali


¿Qué es el Consejo Ejecutivo?

De conformidad con el artículo 72° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo es el Organo de Gestión y Dirección del Poder Judicial juntamente con la Sala Plena y el Presidente de la Corte Suprema, contando el Consejo Ejecutivo con una Gerencia General para el ejercicio de las funciones que le son propias.

Integran el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: (artículo 81° de la Ley 27465 - Ley que modifica diversos artículos del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial)
El Presidente del Poder Judicial, quien lo preside y tiene voto dirimente.
Dos Vocales Supremos Titulares elegidos por Sala Plena.
Un Vocal Superior Titular en ejercicio elegido por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República.
Un Juez Titular Especializado o Mixto.
Un representante elegido por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú.
Para la designación del Vocal superior Titular, cada Sala Plena de las Cortes Superiores elegirá un candidato, y los Presidentes de Cortes Superiores, mediante sufragio directo, elegirán al integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Para la designación del miembro señalado en el inciso 4° del presente artículo, los jueces especializados o mixtos titulares elegirán a un representante por cada distrito judicial, los que se reunirán para elegir entre ellos al Juez que integrará el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

El mandato de los integrantes de Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dura dos años.

En tanto que se encuentren en el ejercicio de sus cargos, los miembros del Consejo Ejecutivo a que se refieren los incisos 3°, 4°, y 5° de este artículo tienen las mismas prerrogativas, categorías y consideraciones que los Vocales Supremos.



Opinion ,Sugerencias y Criticas Del Poder Judicial del Peru.

Tags: Juscticia

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